Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa
14 Abril, 2023
El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, y el de la República francesa, Emmanuel Macron, aprobaron en noviembre de 2020 el Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa que permite obtener la doble nacionalidad española y francesa sin tener que renunciar a la nacionalidad de origen.
En marzo de 2019, España propuso a las autoridades francesas iniciar negociaciones para la firma de un acuerdo bilateral de nacionalidad, haciendo entrega a través de nuestra Embajada en París de un proyecto de convenio. Las negociaciones se prolongaron hasta el mes de septiembre de 2020, momento en que se alcanzó un consenso con las autoridades francesas sobre la redacción del texto.
Este Convenio es, el primero de esta naturaleza que se suscribe con un Estado no perteneciente al ámbito iberoamericano, de ahí su trascendencia para las relaciones entre ambos países.
El objetivo de este Convenio es dejar de exigir a los nacionales de ambas partes la renuncia a su nacionalidad de origen cuando adquieran la nacionalidad de la otra parte.
El Convenio
El Convenio consta de un Preámbulo y de 5 artículos.
- El art. 1 contempla la posibilidad de que los españoles adquieran la nacionalidad francesa y los franceses adquieran la nacionalidad española, conservando su anterior nacionalidad, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la legislación del Estado cuya nacionalidad adquieren.
- El art. 2 versa sobre la obtención y renovación de pasaportes o documentos de identificación de las personas que se acojan a este Convenio, que será según lo dispuesto en la normativa de cada una de las partes.
- El art. 3 se refiere a aquellos españoles y franceses que antes de la vigencia del Convenio hubieran perdido su nacionalidad anterior, al haber adquirido la nacionalidad francesa o española, respectivamente. Se les da la posibilidad de acogerse a lo previsto en este Convenio.
- El art. 4 establece consultas periódicas entre ambas partes para la adecuada aplicación del Convenio, así como para acordar posibles modificaciones.
- El art. 5 regula la entrada en vigor del Convenio, fijándola el primer día del mes siguiente a la fecha en que las partes se hayan comunicado el cumplimiento de los procedimientos legales internos necesarios para su entrada en vigor.
Doble nacionalidad ¿Cómo obtenerla?
Obtener la nacionalidad española
Para obtener la nacionalidad española hay que cumplir una serie de requisitos, algunos de ellos deben ser también acreditados oficialmente.
- Residir en España legal y continuadamente durante un mínimo de diez años.
- No tener antecedentes penales.
- Tener conocimientos suficientes constitucionales y socioculturales del país. Se necesita acreditación.
- Integración en la sociedad española.
- Acreditación oficial de habla hispana, mínimo con un nivel A1 escrito y oral.
No obstante, el tiempo de residencia en España tiene excepciones. Se reduce la estancia mínima a cinco años cuando la persona esté en condición de refugiado; a dos años para nacionales de países iberoamericanos como Filipinas o Guinea Ecuatorial, entre otros. Solo se requiere un año de residencia para los nacidos en España, casados con un español o española, viudo o viuda de un español y tutelados o acogidos de un ciudadano español durante dos años.
Obtener la nacionalidad francesa
Para obtener la nacionalidad francesa sin renunciar a la española también se exigen determinados requisitos. Entre ellos:
- Ser mayor de edad para poder realizar la solicitud.
- Residir en Francia de forma legal durante un periodo mínimo de cinco años.
- Conocer la historia y cultura francesa.
- Acreditación de habla francesa. Justificar un nivel mínimo B1 tanto escrito como oral.
- No tener antecedentes penales
- Demostrar ingresos estables durante los tres años anteriores a la solicitud.
- Adherirse a los principios y valores de Francia.
Para aquellas personas que tuvieron que renunciar a su nacionalidad, española o francesa, para poder obtener otra, pueden acogerse al convenio y tener plena condición jurídica en ambos países.
Para cualquier duda al respecto sobre plazos, tasas administrativas o presentación de solicitudes, debes consultar a la embajada o consulado del país en cuestión, Francia o España.
Principales beneficios de tener la doble nacionalidad
¿Por qué es tan útil tener dos pasaportes diferentes al mismo tiempo (ambos con validez legal)? He aquí algunas de las razones más importantes:
- Libre circulación y entrada a todos los países de la Unión Europea (pudiendo establecerse legalmente e los mismos en tiempo récord)
- Para aquellos países que exigen solicitar un visado para entrar como turista según la nacionalidad de origen, puedes encontrarte que con la española eso no sea necesario (esto aplica a más de 150 países)
- Posibilidad de transmitir esa doble nacionalidad a hijos o familiares directos
- Seguir siendo ciudadano de tu país de origen, lo que significa mantener vivas tus raíces y tu conexión emocional con éste.