
Pisos de Alquiler Turístico, ¿Necesito la Aprobación de la Comunidad de Propietarios?
20 Septiembre, 2024
En la actualidad, la proliferación de pisos destinados a alquiler turístico ha generado un creciente malestar entre los residentes de comunidades que se ven afectadas por esta actividad. Muchas personas que han invertido en sus hogares se encuentran, de repente, en un entorno donde el ruido constante, el movimiento incesante de huéspedes y la falta de control sobre el uso de espacios comunes afectan su calidad de vida. Esta situación plantea importantes interrogantes sobre el equilibrio entre la libertad de uso de la propiedad y el derecho a disfrutar de un ambiente tranquilo y seguro en el hogar. Es fundamental abordar este tema para encontrar soluciones que respeten tanto los intereses de los propietarios turísticos como las necesidades de los vecinos.
En España, la normativa sobre pisos de alquiler turístico y la relación con la comunidad de propietarios se encuentra principalmente regulada por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), modificada por la Ley 5/2019, así como por normativas autonómicas y locales.
Desde la modificación de la LPH en 2019, las comunidades de propietarios tienen una mayor capacidad de decisión sobre los pisos destinados a alquiler turístico.
Las principales medidas son:
- Prohibir o limitar los alquileres turísticos: La comunidad de propietarios puede prohibir o limitar el uso de viviendas para alquiler turístico mediante un acuerdo en junta de propietarios. Para que este acuerdo sea válido, se necesita la aprobación de al menos el 60% de los propietarios (3/5 partes) que representen ese mismo porcentaje en las cuotas de participación. Esta decisión no tiene carácter retroactivo, es decir, no afecta a las licencias ya concedidas antes de la votación. Sin embargo, una vez aprobada, cualquier nuevo uso turístico de una vivienda en el edificio requerirá cumplir con esta limitación.
- Incremento de gastos comunes: Si no se prohíbe la actividad, la comunidad también puede acordar que los propietarios que alquilen su vivienda con fines turísticos asuman un aumento en las cuotas de comunidad, para compensar el mayor uso de las zonas comunes. Este acuerdo también requiere el voto favorable de 3/5 partes de los propietarios.
Y, ¿qué sucede si han comprado la casa directamente con la licencia turística incluida?
Pues mucho cuidado, porque existe jurisprudencia en algunos casos que establece que, al comprar una vivienda con licencia turística, esta no se transmite automáticamente al nuevo propietario. Esto depende, principalmente, de la normativa específica de la comunidad autónoma o del municipio en el que se encuentre la vivienda y de cómo se interpreten las leyes locales sobre el alquiler turístico. Esto ocurre por dos razones principales:
- La licencia está vinculada al solicitante (propietario original) y no a la propiedad en sí. Esto se da en algunas comunidades autónomas y municipios, donde se considera que la licencia es personal e intransferible.
- Cambios en la normativa: En algunas localidades, la normativa ha cambiado para restringir la concesión de nuevas licencias turísticas. En estos casos, si un nuevo propietario quiere continuar con la actividad de alquiler turístico, debe solicitar una nueva licencia. Si en esa zona ya no se permiten más licencias, el nuevo propietario podría perder el derecho a alquilar la vivienda turísticamente.
Asi que ya sabes, si necesitas ayuda, no dudes en contactar con nosotros.