
EES 2025–2026: así funciona el nuevo control de entradas y salidas del espacio Schengen
23 Octubre, 2025
Desde el 12 de octubre de 2025, la Unión Europea ha comenzado a aplicar el nuevo Sistema de Entradas y Salidas (EES), una base de datos automatizada que sustituye el sellado manual de pasaportes en las fronteras exteriores del espacio Schengen.
El objetivo es claro: reforzar la seguridad, mejorar la gestión de flujos migratorios y controlar automáticamente los tiempos de estancia de los visitantes no europeos.
El sistema está en fase de implantación progresiva, y se espera que esté plenamente operativo en abril de 2026, según ha confirmado la Comisión Europea y el Gobierno de España.
¿Qué es exactamente el EES?
El Entry/Exit System (EES) es un registro digital común para todos los países Schengen que almacena electrónicamente las entradas y salidas de los nacionales de terceros países que viajan al espacio europeo por períodos cortos (hasta 90 días dentro de un período de 180 días).
En su primera entrada tras el 12 de octubre, cada viajero deberá registrar su fotografía facial y huellas dactilares, además de los datos de su pasaporte.
En los siguientes viajes, el paso por frontera será más ágil, ya que el sistema reconocerá automáticamente al viajero mediante verificación biométrica.
Con este sistema, la Unión Europea busca evitar estancias irregulares y reducir el fraude de identidad, sustituyendo el método de sellos físicos por un control automatizado y seguro.
¿A quién afecta este nuevo control?
El EES no afecta a todos los viajeros, pero su aplicación depende del tipo de permiso o situación de residencia.
Se aplica a:
- Nacionales de terceros países que viajen al espacio Schengen para estancias de corta duración (90/180 días), con o sin visado.
- Titulares de autorizaciones de residencia temporal en un país Schengen (como España), salvo que sean familiares de un ciudadano de la Unión Europea. En estos casos, su entrada o salida por una frontera exterior quedará registrada en el EES.
No se aplica a:
- Ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- Familiares directos de ciudadanos de la UE con tarjeta de residencia válida.
- Titulares de permisos de residencia de larga duración-UE o de visados de larga duración.
En consecuencia, las personas con residencia temporal en España sí están sujetas al EES, mientras que los titulares de residencia de larga duración y los familiares de ciudadanos de la UE están exentos de registro en este sistema.
¿Afecta al control de movimientos dentro del espacio Schengen?
No. El EES solo se aplica en las fronteras exteriores del espacio Schengen, como aeropuertos, puertos o pasos terrestres con países no pertenecientes al área.
Los movimientos dentro del espacio Schengen (por ejemplo, de España a Francia o Italia) no serán registrados ni controlados por el EES.
La libre circulación entre los países Schengen se mantiene sin cambios.
Desde Aray Asociados recordamos que este sistema no introduce vigilancia interna ni control sobre desplazamientos dentro de la UE, sino que se limita a entradas y salidas desde o hacia terceros países.
¿Se utilizará para comprobar si un residente en España cumple con los 183 días mínimos al año?
No necesariamente.
El requisito de 183 días se refiere principalmente a la residencia fiscal y, en algunos casos, a la residencia efectiva exigida por la normativa de extranjería española.
El EES no registra los movimientos dentro del espacio Schengen, por lo que no servirá para calcular el tiempo de permanencia en España cuando el residente se desplace entre países de la UE o del área Schengen.
Sin embargo, el sistema sí registrará las entradas y salidas desde o hacia países no pertenecientes al espacio Schengen, lo que podría aportar información complementaria para acreditar o contrastar los períodos de presencia fuera del territorio europeo.
En consecuencia, el EES no se utilizará de forma directa para controlar el requisito de los 183 días, pero los datos de salidas exteriores sí podrían tener valor probatorio o complementario en determinados procedimientos administrativos o fiscales en España.
¿Cómo puede afectar a quienes tienen una residencia temporal o de larga duración en España?
Para los titulares de residencia temporal, el EES sí resultará aplicable.
Cada vez que crucen una frontera exterior del espacio Schengen (por ejemplo, hacia Marruecos, Reino Unido o Estados Unidos), el sistema registrará su entrada o salida, aunque su estancia principal sea en España.
Por el contrario, los titulares de residencia de larga duración-UE, así como los familiares directos de ciudadanos de la UE con tarjeta de residencia válida, están exentos de registro en el sistema, conforme a lo establecido en la documentación oficial de la Unión Europea.
Durante los primeros meses de implantación (de octubre de 2025 a abril de 2026), pueden producirse retrasos o comprobaciones adicionales en los pasos fronterizos debido al proceso de adaptación de los sistemas.
En todos los casos, desde Aray Asociados recomendamos viajar siempre con la documentación en vigor y, si el TIE está en renovación, llevar la autorización de regreso expedida por la Oficina de Extranjería.
¿Qué cambia para los turistas o visitantes de corta estancia?
Para los viajeros no europeos que visitan el espacio Schengen como turistas, el cambio sí es significativo.
- En su primera entrada tras el 12 de octubre de 2025, se les tomará foto facial y huellas dactilares, junto con los datos del pasaporte.
- En los siguientes viajes, el paso será más rápido, con identificación biométrica automática.
- El sistema llevará un registro digital exacto de los días de estancia dentro del espacio Schengen y alertará automáticamente en caso de exceder los 90 días permitidos.
Además, el EES permitirá compartir información entre los Estados miembros, facilitando la detección de posibles abusos de visados o entradas múltiples.
Protección de datos y duración del registro
La información se almacenará en la base de datos común de la UE gestionada por eu-LISA, con un plazo de conservación de 3 años si la estancia se realiza correctamente, o hasta 5 años si no se registra salida o se detecta una estancia irregular.
Las autoridades nacionales solo podrán acceder a estos datos para fines migratorios, de control fronterizo o de seguridad.
Calendario oficial
- 12 de octubre de 2025: inicio de la aplicación del EES en modo progresivo.
- De octubre de 2025 a abril de 2026: fase de despliegue gradual en aeropuertos, puertos y fronteras terrestres exteriores.
- 10 de abril de 2026: prevista entrada en funcionamiento completa en toda la UE.
Desde Aray Asociados recomendamos viajar con antelación suficiente y tener en cuenta posibles retrasos temporales durante este periodo de ajuste tecnológico.
Conclusión
El nuevo Sistema de Entradas y Salidas de la Unión Europea supone un avance tecnológico importante para reforzar la seguridad y la gestión de las fronteras, pero no altera la movilidad interna del espacio Schengen ni las obligaciones de los residentes en España.
En resumen:
- Afecta a visitantes no europeos y a titulares de residencia temporal en sus cruces por fronteras exteriores.
- No afecta a residentes de larga duración-UE ni a familiares directos de ciudadanos de la UE.
- No se utilizará para controlar directamente el cumplimiento de los 183 días de estancia mínima.
- Y no introduce nuevos controles dentro del espacio Schengen.
Desde Aray Asociados Lawyers · Advisers, recordamos a nuestros clientes que la implantación de este sistema no cambia las reglas de residencia en España, pero sí puede generar demoras o dudas en frontera durante los primeros meses de transición.
Nuestro equipo se encuentra disponible para asesorar sobre desplazamientos internacionales, renovaciones de residencia y cumplimiento de la normativa europea de extranjería.

