Residencia de larga duración en España
31 Marzo, 2023
La residencia de larga duración es un permiso que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente. Estar en posesión de esta tarjeta permite al usuario residir y trabajar en España en las mismas condiciones que los españoles de forma indefinida.
Para poder obtener esta autorización, el solicitante debe haber residido en España durante cinco años de forma continuada, aunque se haya ausentado del territorio nacional temporalmente siempre dentro de los límites establecidos por la administración, además de cumplir con los requisitos solicitados.
¿Quién puede solicitarla?
Podrán solicitarla aquellos extranjeros residentes en España, presentando su solicitud personalmente o a través de un representante. En caso de que la persona no sea residente, deberá presentarla personalmente.
En caso de haber contribuido al progreso económico, científico o cultural, lo hará la Dirección General de Inmigración después de que lo haya propuesto una autoridad pública con competencia relacionada con el mérito en que se fundamenta la petición. Esto sucede con personas de reconocido prestigio en el mundo de la medicina, la investigación, la cultura etc.
¿Dónde puede solicitarse?
Tanto si reside en España como si no reside, si el interesado se encuentra en territorio español, debe presentar su solicitud en cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería de su provincia.
En caso de no residir en España ni encontrarse en territorio español, deberá acudir a la misión diplomática o a la Oficina Consular española de su demarcación de residencia. El solicitante deberá abonar la tasa de residencia de larga duración en el plazo de diez días hábiles desde el momento de admisión a trámite de su solicitud.
Requisitos generales
✔️ No ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza. No ser familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la UE.
✔️ No encontrarse en situación irregular en territorio español.
✔️ Carecer de antecedentes penales en España, así como en los países en los que haya residido anteriormente, por delitos existentes en el ordenamiento español.
✔️ No tener prohibida la entrada en España.
✔️ No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
Además de cumplir todos estos requisitos, deberá hallarse en uno de estos supuestos:
- Haber residido legalmente y de forma continuada durante cinco años en territorio español. No supone ningún problema que se haya ausentado del territorio español, siempre y cuando no haya superado un periodo continuado de hasta seis meses o la suma de diez meses en los últimos cinco años. *Si se ha ausentado por motivos laborales, el periodo no podrá superar los doce meses en total dentro de los cinco años requeridos.
- Haber residido cinco años consecutivos como titular de la tarjeta azul en la UE, siempre que los dos últimos años, inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud, esta residencia haya sido en territorio español. *No supone ningún problema que se haya ausentado de la UE hasta doce meses continuados, siempre que las ausencias no superen los dieciocho meses dentro de los cinco años de residencia requeridos.
- Ser residente beneficiario de una pensión de jubilación por la Seguridad Social.
- Ser residente beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez por la Seguridad Social o de prestaciones análogas obtenidas en España.
- Ser residente y haber nacido en España y llegar a la mayoría de edad habiendo residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española.
- Ser residente y llegar a la mayoría de edad habiendo estado bajo tutela de una entidad pública española durante cinco años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, encontrarse en territorio español y haberle sido reconocido el respectivo estatuto en España.
- Haber contribuido notablemente al progreso económico, científico o cultural de España o a su proyección en el exterior.
¿Cuál es el plazo de resolución?
El plazo de resolución de la solicitud de residencia de larga duración es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en la que se registra su entrada en el órgano que la tramita.
Si en esos tres meses la administración no practica ninguna notificación, se entiende que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo, excepto en el caso particular en el que se haya contribuido notablemente al progreso económico, científico o cultural de España o en su proyección en el exterior, en cuyo supuesto se entenderá que la solicitud ha sido desestimada si la administración no practica notificación alguna transcurridos tres meses contados desde el día siguiente a la fecha en la que se ha registrado su solicitud.
Desde que se concede la notificación de la autorización de residencia de larga duración, se dispone de un mes para solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjeros en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía Nacional de la provincia en la que haya tramitado su autorización.